Recientemente, el Tribunal Fiscal de Perú ha emitido un pronunciamiento que establece que las empresas que forman parte de un consorcio pueden ser responsables de la totalidad de la deuda tributaria generada por este, independientemente de su participación en el proyecto. Este fallo se origina a partir de un caso en el que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) atribuyó responsabilidad solidaria a una empresa que formaba parte de un consorcio encargado de ejecutar una obra pública. La empresa argumentó que su rol fue limitado y que no recibió beneficios económicos significativos, pero el Tribunal determinó que la naturaleza de los consorcios implica que todos los miembros son responsables por las deudas tributarias generadas durante su participación.

El Tribunal Fiscal aclaró que, aunque los consorcios no son considerados personas jurídicas autónomas, sí son reconocidos como contribuyentes en ciertos tributos, como el Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto a la Renta (IR). Este criterio establece que la responsabilidad solidaria se aplica a todos los integrantes del consorcio, sin importar el porcentaje de participación o el rol desempeñado en el proyecto. Esto marca un cambio significativo en la interpretación de la responsabilidad tributaria en estos entornos, ya que anteriormente se consideraba la participación activa de cada miembro.

Los especialistas en derecho tributario han señalado que este nuevo precedente podría desincentivar la formación de consorcios, especialmente en sectores como la construcción y la infraestructura. Si uno de los miembros del consorcio enfrenta problemas financieros, la Sunat podría dirigir el cobro de la deuda hacia el socio con mayor capacidad económica, lo que podría generar una carga financiera desproporcionada para las empresas más solventes. Este cambio podría llevar a las empresas a reconsiderar su participación en consorcios, a pesar de que estas asociaciones son fundamentales para llevar a cabo proyectos de gran envergadura como carreteras, hospitales y puertos.

Además, los expertos advierten que las empresas deberán revisar y reforzar sus contratos de consorcio para protegerse de posibles contingencias tributarias. Aunque las cláusulas de indemnidad y los mecanismos de distribución de riesgos pueden ayudar, no impedirán que la Sunat exija el pago total de la deuda a cualquiera de los integrantes. Por lo tanto, es crucial que las empresas con participación minoritaria implementen medidas contractuales que les permitan protegerse ante la posibilidad de asumir responsabilidades que no les corresponden directamente.

En términos de implicancias para el mercado, este fallo podría generar un aumento en la litigiosidad y la incertidumbre en el sector de la construcción, lo que podría afectar la inversión en proyectos de infraestructura. Las empresas deben estar atentas a cómo este nuevo criterio se aplicará en futuros casos y a las posibles modificaciones en la legislación tributaria que podrían surgir como respuesta a este precedente. La situación exige un monitoreo constante de las decisiones del Tribunal Fiscal y de la Sunat, así como de las reacciones del mercado ante este cambio en la normativa tributaria.