En un reciente fallo del Tribunal Fiscal, se ha establecido que las empresas no pueden deducir los intereses de un préstamo utilizado para pagar otra deuda a menos que demuestren que el financiamiento original está vinculado a su actividad empresarial y a la generación de ingresos. Este pronunciamiento surge en un contexto donde muchas empresas están optando por refinanciar deudas o sustituir créditos para mantener su liquidez y reestructurar sus obligaciones financieras. La resolución se basa en un caso de fiscalización de la Sunat, donde se cuestionó la deducción de gastos financieros de una empresa mayorista durante el ejercicio 2017.

El Tribunal Fiscal analizó la documentación presentada por la empresa, que incluía transferencias bancarias y registros contables, pero determinó que no se había proporcionado suficiente evidencia sobre el uso del financiamiento original que estaba siendo cancelado. Según el Tribunal, simplemente demostrar el pago de una deuda no es suficiente para justificar la deducción de los gastos financieros; es necesario establecer un vínculo claro entre el préstamo inicial y la actividad productiva de la empresa. Este enfoque se alinea con el principio de causalidad, que exige que los gastos deducibles estén directamente relacionados con la generación de ingresos.

Los expertos en tributación, como Giorgio Balza y Jorge Picón, han señalado que la exigencia de demostrar la trazabilidad del dinero es fundamental para evitar abusos en la deducción de gastos. Balza enfatizó que la deducción de intereses solo es válida si se puede comprobar que el financiamiento ha sido utilizado para fines relacionados con la actividad empresarial, como el pago a proveedores o el capital de trabajo. Por su parte, Picón advirtió que la Sunat ha elevado el estándar de control sobre los gastos financieros, lo que podría generar incertidumbre para las empresas que no cuentan con toda la documentación histórica necesaria para justificar sus deducciones.

Este fallo tiene implicaciones significativas para las empresas que operan en Perú y, potencialmente, para aquellas en Argentina que se encuentran en situaciones similares de refinanciamiento de deudas. La necesidad de demostrar la relación entre el financiamiento y la actividad generadora de ingresos podría afectar la liquidez de las empresas que dependen de la deducción de intereses para optimizar su carga tributaria. Además, la resolución podría llevar a un aumento en las auditorías fiscales y a un mayor escrutinio sobre las transacciones financieras entre empresas vinculadas, lo que podría complicar aún más la situación para las empresas que operan en un entorno de alta regulación.

A futuro, las empresas deben estar preparadas para presentar documentación detallada que respalde sus deducciones de intereses. Esto incluye estados de cuenta, documentación contractual y registros contables que permitan seguir el flujo del dinero desde su desembolso hasta su utilización efectiva. Las empresas deben estar atentas a cómo la Sunat y el Tribunal Fiscal aplican estos criterios en casos futuros, ya que esto podría influir en sus decisiones de financiamiento y en su planificación tributaria. La situación es particularmente relevante en un contexto donde la economía regional enfrenta desafíos y las empresas buscan mantener su competitividad en un mercado cada vez más exigente.