En España, el uso de Bizum ha crecido de manera exponencial, alcanzando 39 transferencias por segundo en 2025. Este método de pago, que permite realizar transferencias inmediatas entre particulares, ha suscitado dudas entre los contribuyentes sobre su inclusión en la declaración de la renta. La Agencia Tributaria ha aclarado que no es necesario declarar estas transferencias a menos que estén vinculadas a actividades económicas o generen ganancias patrimoniales. Esto ha generado un alivio para muchos usuarios que utilizan Bizum para gastos cotidianos como cenas o eventos sociales.

La normativa vigente establece que solo los pagos relacionados con actividades económicas deben ser reportados. Por ejemplo, un peluquero que recibe el pago de sus servicios a través de Bizum debe incluir esta transacción en su declaración de IRPF. Sin embargo, las transferencias entre amigos o familiares, como el pago de una comida, no requieren ser declaradas. Este enfoque busca simplificar la carga fiscal de los ciudadanos y evitar la burocracia innecesaria para pequeñas transacciones.

A partir del 1 de enero de 2026, las entidades financieras estarán obligadas a informar mensualmente a la Agencia Tributaria sobre todos los cobros que realicen los profesionales y empresas, incluyendo los realizados a través de Bizum. Esta medida tiene como objetivo aumentar la transparencia fiscal y asegurar que las actividades económicas sean debidamente registradas. Sin embargo, esta obligación solo aplica si una de las partes involucradas es un empresario o profesional, lo que limita el alcance de la supervisión.

Es importante señalar que no hay un límite específico de dinero que obligue a los contribuyentes a reportar estas transferencias. A diferencia del dinero en efectivo, que tiene límites claros, las transferencias digitales como Bizum no tienen un umbral mínimo que desencadene la obligación de declaración. Esto significa que cualquier transacción, independientemente de su monto, podría ser objeto de revisión si se considera que forma parte de una actividad económica. Además, los arrendadores que reciben el alquiler a través de Bizum deben incluir estos ingresos en su declaración, ya que se consideran rendimientos del capital inmobiliario.

La campaña de la renta en España comienza el 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio. Durante este período, los contribuyentes deberán estar atentos a las fechas clave, como el 6 de mayo, que es el primer día para presentar la declaración vía telefónica, y el 1 de junio para hacerlo de manera presencial. Además, Hacienda permite el pago del IRPF mediante Bizum, lo que podría facilitar el proceso para aquellos que deben abonar impuestos. Es recomendable que los contribuyentes revisen los límites diarios para estas transacciones, ya que pueden variar según la entidad financiera.