La reciente liberación de la declaración pre-rellenada del Impuesto de Renta 2026 en Brasil ha generado confusión entre los contribuyentes. Muchos se han encontrado con saldos en criptomonedas asociados a sus CPF, a pesar de no haber realizado inversiones en este tipo de activos. Este fenómeno ha llevado a un aumento en las quejas en plataformas de reclamos, donde usuarios reportan haber hallado registros vinculados a la plataforma Ripio, sin haber tenido conocimiento previo de su existencia. Algunos incluso han presentado boletines de ocurrencia por temor a posibles fraudes.

La raíz de esta situación se encuentra en una funcionalidad del Mercado Pago, que colabora con Ripio para ofrecer el 'Meli Dólar', una stablecoin atada al dólar. Este activo puede ser otorgado como cashback a los usuarios del programa Meli+, lo que implica que incluso quienes no han adquirido criptomonedas directamente pueden haber recibido pequeñas cantidades. El sitio web de Mercado Pago aclara que es posible acumular Meli Dólar como cashback a través de compras en tiendas asociadas, transferencias o incluso mediante la compra directa del activo en la aplicación.

De acuerdo con la Receita Federal, si un contribuyente posee efectivamente stablecoins al 31 de diciembre de 2025, debe incluir esta información en su declaración. En caso contrario, los datos deben ser eliminados. Dado que estas operaciones son reportadas a la Receita Federal por las instituciones financieras, los saldos aparecen automáticamente en la declaración pre-rellenada. La mención de Ripio en la declaración se debe a que actúa como custodiante en las transacciones realizadas a través de la app de Mercado Pago. Es importante destacar que el Meli Dólar se distribuye como cashback sin costo de adquisición para el usuario.

Mercado Pago indica que es obligatorio informar sobre criptoactivos en la declaración del Impuesto de Renta cuando el costo total de adquisición del activo, considerando todos los saldos del mismo tipo, sea igual o superior a R$ 5.000. Los usuarios que ya posean saldo en el mismo criptoactivo deben verificar si, sumando el valor recibido a través del cashback, el total supera este umbral y, de ser así, actualizar la cantidad en su declaración. La institución financiera enfatiza que los registros en la declaración pre-rellenada reflejan el cumplimiento de las obligaciones legales de reporte.

La abogada tributarista Renata Ferrarez señala que la obligación de declarar criptoactivos en el Impuesto de Renta no es nueva, ya que existe desde 2019. Sin embargo, para 2026 se introducen cambios significativos en la forma de informar estos activos en la sección de Bienes y Derechos. Los activos digitales deben ser declarados individualmente, especificando la cantidad de monedas, el nombre de la corretora utilizada y, en el caso de plataformas brasileñas, el CNPJ de la empresa. Además, se requiere indicar dónde están custodiados los activos, lo que puede afectar la tributación en función de si están en exchanges brasileñas o extranjeras.

Los criptoactivos recibidos como cashback deben ser informados en la declaración del Impuesto de Renta, aunque se consideren como una adquisición a costo cero. Estos activos incrementan el patrimonio del contribuyente y deben ser declarados en la sección de 'Bens e Direitos', especificando su origen como cashback y detallando la cantidad recibida. La abogada recomienda que los contribuyentes reúnan toda la documentación relacionada con sus criptoactivos para evitar inconsistencias, dado que la regulación actualizada ha alineado a Brasil con estándares internacionales de reporte, aumentando el nivel de control sobre estas operaciones.