Recientemente, el debate sobre la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas (20.247) ha cobrado fuerza en Argentina, especialmente en el contexto de la posible adhesión al convenio UPOV 1991. Este acuerdo busca reforzar los derechos de propiedad intelectual en el sector de semillas, lo que ha generado opiniones divididas. Los defensores de un régimen más estricto argumentan que sin un marco legal robusto, será difícil atraer inversiones en mejoramiento vegetal y nuevas tecnologías. Sin embargo, esta perspectiva puede simplificar la complejidad del crecimiento agrícola, que depende de múltiples factores más allá de la genética, como el manejo agronómico y la adopción de prácticas productivas eficientes.

La producción agrícola en Brasil, por ejemplo, ha crecido significativamente en las últimas décadas, no solo por un mayor respeto a la propiedad intelectual, sino principalmente por la expansión de la superficie cultivada y mejoras en la productividad total de los factores. En el caso de la soja, que es un cultivo emblemático en ambos países, los datos sugieren que las diferencias en rendimiento no son atribuibles exclusivamente a un régimen más estricto de propiedad intelectual. Esto pone de manifiesto que la innovación genética, aunque importante, no es el único motor del crecimiento en el sector agrícola.

Desde un enfoque liberal, la protección de los derechos de propiedad es fundamental para la organización económica. Sin embargo, no todos los derechos de propiedad son equivalentes. La propiedad intelectual, al otorgar exclusividad temporal sobre patrones de información, puede restringir el uso de recursos tangibles. Autores como Murray Rothbard y Deirdre McCloskey han argumentado que un régimen de propiedad intelectual demasiado estricto podría limitar la libertad individual y obstaculizar la competencia y la innovación descentralizada. En este sentido, la legislación argentina actual parece ofrecer un equilibrio, reconociendo los derechos del obtentor y permitiendo el uso propio de las semillas por parte de los productores.

El sistema jurídico argentino ya proporciona herramientas para que los obtentores y productores celebren acuerdos contractuales, lo que sugiere que el problema no radica en la falta de instrumentos, sino en la incertidumbre sobre su cumplimiento. La experiencia con el sistema de regalías extendidas muestra que muchos productores no pagan regalías por el uso de semillas guardadas, lo que indica una falta de confianza en el sistema judicial para hacer cumplir estos acuerdos. Esto plantea la necesidad de una modificación de la ley que aclare que el uso propio no tiene carácter de orden público, lo que podría fortalecer la seguridad jurídica y facilitar la celebración de contratos voluntarios.

Mirando hacia el futuro, es crucial que el debate sobre la Ley de Semillas no se centre únicamente en la ampliación de monopolios legales o en un mayor control estatal, sino que se enfoque en fortalecer la seguridad jurídica y permitir que el mercado funcione a través de contratos libres. La experiencia internacional sugiere que un enfoque basado en acuerdos privados y licencias puede ser más eficiente que un régimen de control burocrático. Por lo tanto, los actores del sector agrícola deben estar atentos a cualquier cambio legislativo y a la evolución de las prácticas contractuales que puedan surgir en los próximos meses, ya que esto podría tener un impacto significativo en la dinámica del mercado de semillas en Argentina y la región.